Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

UTILIDADES, PARTICIPACIÓN DE LAS. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINARLA.

Clave: 1799 · Registro digital (IUS): 1010594 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1847

Las Juntas no son competentes para resolver conflictos con respecto al reparto de utilidades, mientras no se cumpla con lo dispuesto por el artículo 125 de la Ley Federal del Trabajo, que señala el procedimiento que debe seguirse para determinar la participación de cada trabajador en las utilidades de la empresa, dejando tal determinación a una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, la cual debe formular un proyecto determinando la participación de cada trabajador, en la inteligencia de que si los representantes de ambas partes no se ponen de acuerdo, tocará decidir al inspector del trabajo; en ese mismo precepto se señala que los trabajadores podrán hacer las observaciones que juzguen convenientes dentro de un término de quince días, las que serán resueltas dentro de un plazo al anterior, por la propia comisión.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010594-a8c6a2d4/utilidades-participacion-de-las-procedimiento-para-determinarla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época, Sexta Parte: Volumen 72, página 115.—Amparo directo 7/72.—Ernesto R. Ahumada Orozco.—14 de junio de 1972.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Volumen 72, página 115.—Amparo directo 326/73.—Guillermo Martínez Fernández.—6 de marzo de 1974.—Unanimidad de votos.—Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Volumen 72, página 115.—Amparo directo 305/73.—Raúl Mendoza Barberena.—14 de marzo de 1974.—Unanimidad de votos.—Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Volumen 72, página 115.—Amparo directo 152/74.—Eliud Garcés Sandoval.—5 de diciembre de 1974.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Volumen 72, página 115.—Amparo directo 28/75.—Sergio Guzmán Ramos.—28 de agosto de 1975.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 72, Sexta Parte, página 199, Tribunales Colegiados de Circuito. Apéndice 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 1073, tesis 1216.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis