PAGO, FALTA DE, CUANDO SE REALIZA DE CONTADO, LA FACTURA NO ACREDITA LA.
Si la acción de pago se sustenta en facturas que expresan que la operación se realizó de contado, ello demuestra que el precio fue recibido al entregar la mercancía materia de la compraventa, por lo que, el hecho de que el vendedor tenga en su poder la factura, no necesariamente significa que no haya recibido el pago del predio por el comprador.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/221437-479d43e3/pago-falta-de-cuando-se-realiza-de-contado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 481/91. Quimán, S. A. de C. V. 8 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Secretario: Eduardo N. Santoyo Martínez.
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