APELACION. NO ES NECESARIO PRESENTAR COPIA DEL ESCRITO DE AGRAVIOS.
El Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal no exige la presentación del escrito de expresión de agravios en original y copias, como se demuestra a continuación: conforme a los artículos 691, 693, 701, 703, 704, 705, 706, 707, 710, 711, 712, y 713 del citado ordenamiento, el recurso se tramita de la siguiente manera: Debe interponerse por escrito o verbalmente, ante el Juez a quo, quien en su caso lo admitirá en uno o en ambos efectos, y en el término de tres días remitirá el testimonio o los autos originales a la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia y citará a las partes para que comparezcan ante dicho tribunal; llegados los autos, el tribunal de alzada sin mayor trámite y en un plazo de ocho días, decidirá sobre la admisión del recurso y calificación del grado hecha por el inferior; en el mismo auto mandará poner a disposición del apelante los autos, por seis días, para que exprese agravios; del escrito de expresión de agravios correrá traslado a la contraria por otros seis, durante los cuales estarán los autos a su disposición para que se imponga de ellos. Como se observa, en ninguna de tales normas se exige la presentación del escrito de agravios en original y copias. Y si bien en su redacción se usa la expresión "correr traslado" a la contraria, esto no implica en el caso la entrega de copias, pues conforme al artículo 69 del propio cuerpo normativo, la expresión indicada puede denotar que los autos quedan en la secretaría, con cualquiera de estos objetivos: a) para que se impongan de ellos los interesados; b) para que se les entreguen copias; c) para que tomen apuntes, aleguen o glosen cuentas, y en el caso se utiliza con la primera acepción, como se desprende del propio artículo 704, cuando dice que durante los seis días del traslado, estarán los autos a disposición de la contraria del apelante "para que se imponga de ellos.".
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/221609-0e3ff80b/apelacion-no-es-necesario-presentar-copia-del-escrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- APELACIÓN. NO ES NECESARIO PRESENTAR COPIA DEL ESCRITO DE AGRAVIOS.- (630)
- APELACION, EN SU ADMISION, NO ES NECESARIA LA EXHIBICION DE LA COPIA DE EXPRESION DE AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA APELACION. CUANDO YA HAN SIDO EXPRESADOS EN EL ESCRITO DE INTERPOSICION CORRESPONDIENTE, NO ES NECESARIO RATIFICARLOS ANTE LA AD QUEM. (I.9o.C.32 C)
- APELACION, DESERCION DE LA, EN JUICIO CIVIL FEDERAL. ES PROCEDENTE CUANDO NO SE EXHIBEN LAS COPIAS SUFICIENTES DEL ESCRITO DE AGRAVIOS PARA CORRER TRASLADO A LAS DEMAS PARTES. (ART (s/clave)
- AGRAVIOS, FIRMA AUTENTICA DEL RECURRENTE NECESARIA EN EL ESCRITO DE EXPRESION DE. (s/clave)
- APELACION. COPIA DEL ESCRITO DE EXPRESION DE AGRAVIOS. DEBE ACOMPAÑARSE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis