PRUEBAS. LA FALTA DE ESTUDIO DE ALGUNAS, ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.
Si la Junta responsable únicamente analiza una de las pruebas aportadas por las partes, y con base en ella determina que quedó acreditada la acción o en su caso la excepción, y sólo se concreta a exponer que la otra parte, con sus pruebas no demostró su acción o excepción, pero sin analizar cada una de ellas, ni vertir razonamiento alguno en que manifieste por qué lo considera así, con ello viola las garantías del interesado y debe concederse el amparo, para el efecto de que emita un nuevo laudo, en el que después de estudiar todas y cada una de las pruebas, resuelva lo que en derecho proceda.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/221788-45642e19/pruebas-la-falta-de-estudio-de-algunas-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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