CLAUSULA DE EXCLUSION. REQUISITOS DE LOS QUE DEBE CERCIORARSE EL PATRON PARA APLICARLA.
Al patrón sólo compete en el caso de aplicación de la cláusula de exclusión, cerciorarse: a) de la autenticidad del oficio en que se le comunica la aplicación de la cláusula de exclusión; b) que en el contrato respectivo esté consignada esa cláusula; c) que los trabajadores excluidos pertenecen al sindicato que la aplica; y una vez que esto se acredite, el patrón sin responsabilidad está obligado a cumplir con el acuerdo respectivo, sin que pueda pretender intervenir en los procedimientos que el sindicato haya seguido para la aplicación de tal cláusula, ya que esto sólo puede interesar a los trabajadores.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223743-50747212/clausula-de-exclusion-requisitos-de-los-que-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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