Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMPRAVENTA. OBLIGACIONES SIMULTANEAS, CUMPLIMIENTO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 223762 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 182

Los artículos 2078 y 2079 del Código Civil para el Distrito Federal, comprendidos en el capítulo referente a los efectos de las obligaciones, disponen, respectivamente, que el pago deberá hacerse del modo en que se hubiere pactado o como lo disponga la ley, y se hará en el tiempo designado en el contrato; por su parte, el numeral 2255 del código en cita, que se refiere al contrato de compraventa en particular, preceptúa que el comprador debe pagar el precio en los plazos y términos convenidos; por consiguiente, si las partes contratantes convinieron en que el pago del saldo del precio y la escrituración respectiva deberían efectuarse simultáneamente, la negativa del vendedor a elevar a escritura pública el contrato, no trae como consecuencia que el comprador esté obligado a consignar el saldo del precio en el plazo que se señaló para la firma de la escritura, o en el momento de presentar su demanda, sino que debe cubrirlo al otorgarse dicha escritura.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223762-108b4806/compraventa-obligaciones-simultaneas-cumplimiento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4633/90. Fernando H. Coello. 28 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárdenas. Secretario: Alejandro Javier Pizaña Nila. Amparo directo 1520/89. Martha Soto Vázquez. 18 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Ponce Farías. Secretario: Alejandro Javier Pizaña Nila. Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte - 1, páginas 197-198. Véase:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XII, noviembre de 2000, página 11, contradicción de tesis 1a./J. 14/2000 de rubro "ACCION PROFORMA. LA EXHIBICION DEL PRECIO ADEUDADO ES UN REQUISITO DE PROCEDENCIA DE ESTA.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis