SUSPENSION CONTRA LA PRIVACION DE LA POSESION.
Cuando el acto reclamado consiste en la posesión dada a un tercero, y no aparece que ésta la haya perdido el agraviado, porque la diligencia relativa no se haya consumado, procede conceder la suspensión en los términos de la Ley.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224247-228388a4/suspension-contra-la-privacion-de-la-posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Incidente en revisión 14/90. Reigo, S.A. de C.V. 3 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Joel Alfonso Sierra Palacios.
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