COACUSADO, SU RETRACTACION. CASO EN QUE CARECE DE VALOR.
La retractación hecha por el coacusado carece de valor, si no expresó motivos para ella ni demostró que se hubiera ejercitado coacción o violencia para que declarara en la forma que lo hizo en su primera declaración.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/225528-c9ba6fe3/coacusado-su-retractacion-caso-en-que-carece-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 155/90. Bernardino Pedral Márquez. 27 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Miguel Angel Tourlay Guerrero.
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