Corpus
Modo: Corpus Pro

LAUDO ABSOLUTORIO. SI ES CONGRUENTE CON LAS ACCIONES EJERCITADAS, NO CAUSA AGRAVIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 225789 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 277

Cuando el trabajador al presentar su demanda, indica en ella de manera expresa que reclama los incrementos de diverso riesgo profesional, sólo en el caso de que la incapacidad sea superior a determinado porcentaje, y si éste no es rebasado en la valoración correspondiente; la Junta al absolver a la empresa de la citada prestación, no causa agravio legal alguno.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/225789-2b4adb4a/laudo-absolutorio-si-es-congruente-con-las-acciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 966/90. Ariel Monroy de la Torre. 28 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.

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