QUEJA SIN MATERIA. SUSPENSION.
Si un auto de presidencia declara la incompetencia del mismo para conocer en amparo directo de una demanda de garantías, en virtud de haberse ostentado el quejoso como persona extraña al juicio del que emanan los actos reclamados, por no ser parte en el mismo; motivo por el cual se ordenó remitir dicha demanda de amparo y sus anexos al juzgado de Distrito, para su trámite correspondiente, en esas condiciones resulta evidente que el recurso de queja, por encontrarse estrechamente relacionado con la demanda de amparo, ha quedado sin materia, supuesto que no tratándose de amparo directo lo relacionado con la suspensión del acto reclamado, no corresponde proveerlo a la autoridad responsable, sino al Juzgado de Distrito.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227314-88d791a3/queja-sin-materia-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- QUEJA SIN MATERIA. (s/clave)
- QUEJA SIN MATERIA. (s/clave)
- QUEJA SIN MATERIA, RELACIONADA CON LA SUSPENSION EN EL AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- QUEJA SIN MATERIA. INCIDENTE DE SUSPENSIÓN. (V.3o.5 K )
- SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, QUEJA SIN MATERIA. (1045)
- SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, QUEJA SIN MATERIA. (XI.2o. J/3)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis