ROBO, EXISTENCIA DEL DELITO DE.
La circunstancia de que el activo devuelva las objetos que sustrajo a sus dueños, no impide la configuración del ilícito de robo, puesto que éste se integra precisamente porque el activo se apoderó de esos bienes ajenos, sin derecho ni consentimiento de quien pudiera disponer de ellos conforme a la ley.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227412-98e90ed3/robo-existencia-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 389/89. José Luis Valdez Padilla. 12 de julio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Lidia López Villa.
Reitera criterio la tesis de jurisprudencia 240/85.
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