SOCIEDAD ANONIMA DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA. SU REGIMEN JURIDICO.
Cuando el Estado Mexicano decide intervenir en la economía mediante unidades de producción de bienes o prestación de servicios, que pueden orientarse hacia los fines más diversos, como la creación de infraestructura, desarrollo de polos económicos, prestación de servicios públicos, fijación de precios y tarifas o la corrección de desajustes provocados por el libre juego de las reglas económicas, creando entidades a las cuales dota de personalidad jurídica para investirlas de autonomía de gestión, financiera, estructural y operativa, puede emplear formas de derecho público (constituyendo organismos descentralizados) o de derecho privado; en este último supuesto se da vida, por ejemplo, a las empresas de participación estatal mayoritaria. Tales empresas, organizadas como sociedades mercantiles, se sujetan por disposición del artículo 90 constitucional y de sus normas reglamentarias a un régimen singularizado, específico, esencialmente distinto del aplicable a las personas privadas, porque implica múltiples derogaciones al derecho común, derivadas del encuentro de dos sistemas jurídicos: El derecho público se sirve de las técnicas y formas organizativas creadas en su origen por el derecho privado para ponerlas al servicio de sus intereses de manera que entre la sociedad y el estado se producen dos clases de relaciones, pues hacia su interior el estado-socio establece relaciones con los demás socios gozando de las atribuciones propias del accionista mayoritario de cualquier sociedad privada en términos de sus estatutos regidos por la legislación mercantil, y hacia el exterior el estado- administración ejerce sobre la sociedad en su conjunto poderes de dirección, control y vigilancia nacidos directamente de la ley.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227467-f1c5256d/sociedad-anonima-de-participacion-estatal-mayoritaria-su-regimen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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