ACCIONES CONTRADICTORIAS EN MATERIA LABORAL. CUANDO NO PUEDE CONSIDERARSE QUE LO SEAN.
Es verdad que cuando se intentan acciones contradictorias en materia laboral, las Juntas se encuentran imposibilitadas para decidir sobre la que debe prevalecer; pero ese criterio no es aplicable cuando el trabajador, al reclamar la reinstalación en el puesto que desempeñaba, lo hace no como una acción, sino como propuesta de arreglo conciliatorio, que de no aceptarse, quedaría sin efecto para ser sustituida por la acción de despido injustificado, con las prestaciones inherentes, porque en tal caso no se trata de acciones contrapuestas.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227865-96d93347/acciones-contradictorias-en-materia-laboral-cuando-no-puede · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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