OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO SE PROPONE SIN DESCANSO DE MEDIA HORA, POR LO MENOS, DURANTE LA JORNADA MAXIMA CONTINUA DE LABORES.
Conforme al artículo 56 de la Ley Federal del Trabajo los patrones deberán respetar las condiciones de trabajo que tengan los trabajadores y en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en el mismo ordenamiento. Ahora bien, de acuerdo a los artículo 61 y 69 de la propia ley el trabajador deberá tener una jornada máxima diurna semanal de cuarenta y ocho horas y en concordancia con el artículo 63 del propio ordenamiento, durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos. En consecuencia, si el trabajo se ofrece con una jornada máxima continua en turno diurno, es decir, de ocho horas diarias de lunes a sábado, sin el descanso de media hora que por lo menos debe disfrutar el trabajador, no debe considerarse de buena fe porque las condiciones en que es hecha son inferiores a las que las disposiciones citadas establecen.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/228748-56292978/ofrecimiento-del-trabajo-es-de-mala-fe-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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