ACTAS DE VISITA. EL SEÑALAMIENTO DE DIVERSAS DISPOSICIONES NO ES CAUSA DE INSEGURIDAD JURIDICA PARA EL INTERESADO.
La cita de diversas disposiciones en un acta de visita de inspección, no implica considerar que forzosamente se sancionará al interesado con base en cualquiera de las leyes a que corresponden esas disposiciones, pues lo cierto es que si en el acta se asientan los hechos observados en la práctica de la inspección, es obvio que en relación con dichos hechos deberá calificarse por la autoridad competente el resultado del acta, y, en su caso, imponer la sanción correspondiente con apego a la ley que prevea la infracción. De lo anterior se concluye, que la cita de diversas disposiciones en el acta de visita no causa inseguridad jurídica al interesado por el solo hecho de referirse a diversos cuerpos de leyes, puesto que únicamente con base en tales disposiciones es que el inspector puede actuar, con lo que se evita también que proceda a verificar hechos diversos de los especificados en las leyes que se invocan y, en consecuencia, la autoridad competente podrá calificar si la conducta en que incurra la visitada encuadra o no en alguno de esos ordenamientos legales.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229690-9a754f4c/actas-de-visita-el-senalamiento-de-diversas-disposiciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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