Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRESTO. EN CONTRA DE LA ORDEN QUE LO DECRETA, DEBE AGOTARSE EL RECURSO DE APELACION PREVIAMENTE AL JUICIO DE AMPARO. (LEGISLACION MERCANTIL).

Clave: — · Registro digital (IUS): 229837 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 122

La orden de arresto como medida de apremio dictada dentro de un juicio mercantil causa un gravamen no reparable en la sentencia definitiva; por tanto, el agraviado, previamente a la promoción del juicio de garantías, debe agotar el recurso de apelación previsto en el artículo 1341 del Código de Comercio, con el objeto de acatar el principio de definitividad establecido en el artículo 73 fracción XIII de la Ley de Amparo.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229837-c6b48150/arresto-en-contra-de-la-orden-que-lo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 283/88. Fabián Cordero Juárez y Santos Cordero Juárez. 16 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretaria: María Guadalupe Herrera Calderón.

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