Corpus
Modo: Corpus Pro

SEGURO, CONTRATO DE, VIGENCIA DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 230560 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 519

En un contrato de transporte desde que los bienes asegurados son entregados en el domicilio de la consignataria por la empresa porteadora, cesa la cobertura del contrato del seguro, por lo tanto, si éstos fueron entregados en el domicilio del asegurado y con posterioridad éste dio instrucciones a tercera persona para introducirlos en una bodega de su propiedad, tal circunstancia no significa que la vigencia del seguro se prolongara hasta la maniobra, ya que en el clausulado del contrato, sólo se pactan los riesgos con motivo de la transportación.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230560-ef9371ce/seguro-contrato-de-vigencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2203/88. Hilados Finos de Puebla, S.A. 11 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Miguel Angel Castañeda Niebla.

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