AUTO DE FORMAL PRISION, FACULTAD DE LOS TRIBUNALES FEDERALES PARA APRECIAR LAS PRUEBAS EN RELACION AL.
Los tribunales federales tienen facultades para apreciar directamente el valor de las pruebas recibidas en la averiguación que tiendan a demostrar el cuerpo del delito o la presunta responsabilidad del inculpado; pues si los Jueces Federales no tuvieren el arbitrio de hacer la estimación de esas pruebas, estarían incapacitados para resolver sobre constitucionalidad del auto de formal prisión; no es verdad que los jueces de Distrito deban ocuparse en sus sentencias, única y exclusivamente de examinar las razones en que la autoridad responsable apoya el acto reclamado, sino que debe examinar la constitucionalidad del mismo a través de la valorización de las pruebas recibidas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231039-6a401ff5/auto-de-formal-prision-facultad-de-los-tribunales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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