CAREOS CONSTITUCIONALES, FALTA DE.
La falta de práctica de los careos constitucionales que resultan en la causa penal entre el reo y los testigos de cargo cuyos testimonios sirvieron para dictar el fallo combatido, actualiza la violación de procedimiento a que se refiere la fracción III del artículo 160 de la Ley de Amparo, lo que obliga a conceder la protección constitucional solicitada para el efecto de la Sala responsable deje insubsistente su sentencia y dicte otra en la que revoque la de primer grado y ordene al juez natural subsanar la omisión en que incurrió y hecho, con plenitud de jurisdicción dicte el fallo que corresponda en derecho.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231093-ecfe0747/careos-constitucionales-falta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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