Corpus
Modo: Corpus Pro

LEGITIMA DEFENSA, PROCEDENCIA DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 231530 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 386

Si de autos no existen pruebas que demuestren plenamente los extremos de la legítima defensa, no puede existir jurídicamente la exculpante de responsabilidad alegada por este concepto, ya que la exculpación por legítima defensa sólo puede decretarse cuando en autos aparezcan plenamente comprobados todos los elementos que conforme a la ley punitiva deben concurrir a la integración de dicha excluyente de responsabilidad penal.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231530-68591a59/legitima-defensa-procedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1041/87. Agustín Candelario Reyes. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Antonio Zúñiga Luna. NOTA: Esta tesis reitera el criterio sustentado en la jurisprudencia 152/85, Segunda Parte, página 311.

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