RESCISION DE LA RELACION LABORAL, AVISO DE. DEBE ESPECIFICAR LAS CAUSAS QUE LA MOTIVAN.
En términos de lo que dispone el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, la parte patronal debe cuidar de especificar claramente, al dar el aviso de rescisión, la causa o causas que la motivan, a fin de que el trabajador pueda preparar su defensa, siendo indispensable la especificación de los hechos que se le imputan para que no se modifiquen ante la responsable las causas del despido dejándolo en estado de indefensión; pues de no conocer oportunamente éste los hechos de la causal rescisoria, queda imposibilitado para preparar las adecuadas probanzas para demostrar su acción. De no ser así, debe convenirse que el despido resulta injustificado como lo señala el párrafo final del citado artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, razón por la que debe negarse el amparo solicitado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231609-50e9bec0/rescision-de-la-relacion-laboral-aviso-de-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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