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Modo: Corpus Pro

SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL. INTERRUPCION DEL TERMINO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 231770 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 683

Si antes de que comience a correr el término de caducidad del juicio de amparo aparece de autos constancia de que se activó el procedimiento, esta circunstancia no corta el término de la misma, y si en un lapso mayor de trescientos días de que comenzó a correr dicho término no se efectuó ningún acto procesal en un asunto en materia de trabajo que no fue instaurado por la parte obrera, resulta claro que opera en la especie la causa de sobreseimiento que establece el tercer párrafo de la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231770-bc8df92f/sobreseimiento-por-inactividad-procesal-interrupcion-del-termino · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 383/84. Irma Medel Barragán, apoderada de Radio Difusora XEGB. 23 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Lucio Marín Rodríguez. Sostiene la misma tesis: Amparo directo 962/86. Elvira Zavaleta Rivera y otro. 5 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Fernando Javier Vera R.

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