RECLAMACION, RECURSO DE, CONTRA UN ACUERDO NO NOTIFICADO INTEGRAMENTE.
Aunque un acuerdo del presidente de la Suprema Corte exprese los fundamentos y motivos en que se apoya, si de autos se advierte la circunstancia de que el mencionado acuerdo no fue notificado íntegramente al reclamante, pues sólo se le dieron a conocer sus puntos resolutivos, que se limitan a decretar el desechamiento de los recursos de revisión interpuestos, y no así las consideraciones que los rigen, lo que impidió al mencionado reclamante conocer las razones de tal rechazamiento, y, por consiguiente, lo dejó en estado de indefensión, ya que dicha omisión no le permitió formular las objeciones que estimara pertinentes, procede estimar que es el caso de que este Máximo Tribunal declare fundada la reclamación para el único efecto de que se dé a conocer al reclamante los términos literales, íntegros y precisos del acuerdo que impugna, puesto que resultaría injustificado exigir al recurrente que combatiera dicha notificación en lugar del multicitado acuerdo, de cuyos fundamentos y motivos no tuvo conocimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/232840-bed9b411/reclamacion-recurso-de-contra-un-acuerdo-no-notificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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