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Modo: Corpus Pro

COOPERACION, DERECHOS DE. EXISTE INTERES JURIDICO PARA RECLAMAR EN AMPARO LA APLICACION DE LA LEY QUE LOS FINCA. CUANDO LAS AUTORIDADES RESPONSABLES CONFIESAN LOS ACTOS RECLAMADOS EN SUS INFORMES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 233130 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 62, Primera Parte; Pág. 19

Una persona tiene interés jurídico para acudir al juicio de garantías en contra de una ley por su aplicación, cuando existe en autos el informe justificado en que las autoridades señaladas como responsables confiesan del bien inmueble que sirve de garantía para que se realicen los actos de ejecución reclamados, cuando no se somete a debate esa propiedad, sino la determinación y liquidación del crédito que se le finca, como sucede en el caso del concepto de cooperación para las obras de pavimentación, Decreto número 89 del Congreso del Estado de Coahuila por carpeta y sello, cordón, ampliación e iluminación, todo esto en ejecución de las disposiciones legales del propio decreto, así como el procedimiento económico coactivo para hacer efectivo ese crédito

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/233130-64671ecf/cooperacion-derechos-de-existe-interes-juridico-para-reclamar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1860/73. Fernando Aguayo Mireles. 19 de febrero de 1974. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.

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