Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACION EN EL EFECTO DEVOLUTIVO. CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTICULOS 435, 439 Y 639 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 233811 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 15, Primera Parte; Pág. 23

Los artículos 435, 439 y 639 del Código Procesal Civil para el Estado de Jalisco, no pueden estimarse violatorios de los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, dado que sólo establecen la posibilidad de ejecutar la sentencia de primera instancia cuando la parte que hubiese obtenido otorgue caución suficiente para garantizar la reposición de las cosas al estado que guardaban, así como el pago de daños y perjuicios, con lo que no se produce un estado de desequilibrio o de indefensión en perjuicio de la parte perdidosa, sino que por el contrario, de este modo se restablece el equilibrio entre las dos exigencias discordantes de la justicia y de la celeridad, y se reglamentan los requisitos necesarios para conservar la materia litigiosa durante la tramitación del recurso de apelación; ya que si bien es cierto que no ha concluido el juicio por estar pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de primera instancia, también es verdad que la privación de los derechos de la parte demandada sobre los bienes embargados en el juicio no es definitiva, puesto que por disposición expresa del artículo 439, el actor está obligado a otorgar fianza para que proceda la ejecución de la sentencia, abarcando esta garantía la devolución de la cosa, sus frutos e intereses y la indemnización de daños y perjuicios si el fallo se revoca. Si la sentencia del superior jerárquico fuera favorable al apelante y demandado, el actor tendría la obligación de devolver los objetos y el a su contraparte, no existiendo, en consecuencia, privación definitiva porque existe la posibilidad de que al demandado se le devuelvan los objetos asegurados en el juicio por disponerlo así la propia ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/233811-9dedfbba/apelacion-en-el-efecto-devolutivo-constitucionalidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 3579/57. Soledad García viuda de Rivas. 12 de marzo de 1970. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Alberto Orozco Romero. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "APELACION EN EL EFECTO DEVOLUTIVO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.