ERROR EN EL GOLPE. NO INVALIDA EL DOLO.
Disparar un arma de fuego con el propósito de causar daño en diversa persona de la que resulte muerta, constituye un error de carácter accidental, conocido bajo el nombre de "error en el golpe", mismo que resulta ineficaz para destruir la culpabilidad, y el homicidio, entonces, debe considerarse como doloso, toda vez que el resultado producido es típicamente equivalente al querido, o sea, el activo, al querer causar un daño en otra persona, lo produce en la persona del pasivo, lo cual no varía el sentido doloso de su conducta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234040-d59ebeeb/error-en-el-golpe-no-invalida-el-dolo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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