ABIGEATO. NO ES INDISPENSABLE ACREDITAR LA PROPIEDAD SEMOVIENTE NI LA DEL PREDIO RUSTICO DE DONDE FUE SUSTRAIDO. (LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE ZACATECAS).
Aun bajo la hipótesis de que haya una inexacta comprobación de la propiedad de los semovientes y del predio rústico en que pastaban, de conformidad con el artículo 31 de la Ley de Ganado para el Estado de Zacatecas, ello no exime la responsabilidad penal del inculpado, si éste admite categóricamente haberse apoderado de los semovientes de que se trate, cuya propiedad puede ponerse en duda sólo en el caso de la reparación del daño o cualquier otra acción civil, pero no es el caso de que en un proceso penal se dirima, de manera específica, el derecho de propiedad que no está cuestionado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234158-5ea079e7/abigeato-no-es-indispensable-acreditar-la-propiedad-semoviente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ABIGEATO. NO ES INDISPENSABLE ACREDITAR LA PROPIEDAD SEMOVIENTE NI LA DEL PREDIO RÚSTICO DE DONDE FUE SUSTRAÍDO (LEGISLACIÓN PENAL DEL ESTADO DE ZACATECAS).- (39)
- ABIGEATO. (s/clave)
- DAÑO EN PROPIEDAD. PARA LA PROCEDENCIA DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL ES NECESARIO ACREDITAR LA PROPIEDAD DEL BIEN. (XIX.1o.15 P )
- DESPOJO. (s/clave)
- DESPOJO. EL REO ESTA OBLIGADO A RESTITUIR EL BIEN AL AGRAVIADO, TRATANDOSE DEL DELITO DE. (VII.P. J/11)
- DESPOJO. EL REO ESTÁ OBLIGADO A RESTITUIR EL BIEN AL AGRAVIADO, TRATÁNDOSE DEL DELITO DE [TESIS HISTÓRICA]. (306 (H))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis