DEFENSA, GARANTIA DE. MOMENTO EN QUE OPERA.
La garantía consagrada en la fracción IX del artículo 20 constitucional, en cuanto señala que en los juicios del orden criminal todo acusado debe estar asistido por defensor, sólo opera dentro del procedimiento judicial; de ahí que no resulte violación a la norma fundamental señalada, cuando el inculpado tenga el carácter de indiciado a disposición de autoridades investigadoras, pues si no está asistido por persona de su confianza durante el interrogatorio a que sea sometido por la policía judicial, tal omisión le será imputable al inculpado, si no hay constancia demostrativa de habérsele coartado el derecho de designar defensor durante la etapa de averiguación previa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234170-08d81021/defensa-garantia-de-momento-en-que-opera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DEFENSA, GARANTIA DE. MOMENTO EN QUE OPERA. (s/clave)
- DEFENSA, GARANTIA DE. AVERIGUACION PREVIA. (s/clave)
- DEFENSA, GARANTIA DE. (852)
- DEFENSA, GARANTIA DE LA. (s/clave)
- DEFENSA, GARANTIA DE. AVERIGUACION PREVIA. (s/clave)
- DEFENSA, GARANTIA DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis