ARMAS, PORTACION DE, EN EL AUTOMOVIL.
El delito de portación de arma de fuego es de los llamados de peligro, siendo el bien jurídico tutelado la seguridad de los ciudadanos, y consiste en llevar un arma de fuego al alcance del infractor para poder utilizarla en cualquier momento, que el arma se lleve fuera del domicilio y sin contar con el permiso correspondiente o que se trate de un arma de las reservadas para el Ejército. Y resulta inexacto que la portación de arma consista en el hecho de llevar ésta fajada a la cintura, pues de admitir esto se llegaría al absurdo de que si una persona llevara el arma sujeta con un cordón en el cuello o en un maletín o portafolio no se integraría el delito de portación porque no iba precisamente en la cintura, el llevarla en dicha parte del cuerpo no es más que una costumbre, por ser ello más cómodo, pero no excluye cualquier otra forma de traer el arma y sobre todo al alcance del portador; como sucede en el caso de llevar el arma consigo en el asiento delantero del automóvil, donde se encuentra materialmente al alcance del portador, de manera que puede hacer uso de ella cuando lo decida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234709-e8067750/armas-portacion-de-en-el-automovil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO. SE CONFIGURA ESE DELITO CON LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL ARMA SE ENCUENTRE DENTRO DE LA CABINA DEL VEHÍCULO, AL ALCANCE INMEDIATO DE LA PERSONA, CON (1a./J. 25/2004)
- PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO. SE CONFIGURA ESE DELITO CON LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL ARMA SE ENCUENTRE DENTRO DE LA CABINA DEL VEHÍCULO, AL ALCANCE INMEDIATO DE LA PERSONA, CON (194)
- PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA. PUEDE CONFIGURARSE ESE DELITO RESPECTO DE LAS PERSONAS QUE HAYAN SIDO DETENIDAS A BORDO DE UN VEHÍCULO EN EL QUE SE ENCUENTRE UN ARMA, INDE (1a./J. 1/2012 (10a).)
- PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA EN VEHÍCULOS. CONNOTACIÓN DEL VOCABLO PORTAR.- (205)
- ARMAS PROHIBIDAS, PORTACION DE. VEHICULOS. (s/clave)
- ARMAS, PORTACION DE, DE USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA Y FUERZA AEREA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis