Corpus
Modo: Corpus Pro

CONTRABANDO EQUIPARADO. VEHICULOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 234935 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Segunda Parte; Pág. 55

Es inexacto que el artículo 51, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación, relativo al contrabando equiparado, exija que el que conduzca el vehículo de procedencia extranjera tenga el carácter de dueño, pues únicamente determina que comete la referida infracción quien posea, conduzca, o use vehículos, de procedencia extranjera, de modelos correspondientes a los últimos cinco años, sin comprobar su legal importación y estancia en el país, entendiéndose que la conducción implica además la posesión del vehículo, aun cuando ésta sea precaria.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234935-5bfce764/contrabando-equiparado-vehiculos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6932/78. Gabino Romero Castro. 4 de junio de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.

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