SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA.
La excusa absolutoria que se refiere a la parte final del artículo 195 antes de su última reforma, debe tener como base los exámenes que practiquen los peritos médicos, para establecer la adicción a la droga por parte del inculpado y la cantidad de ésta adecuada racionalmente para su consumo. De manera que resulta infundado el argumento de la responsable que consideró que el a-quo, no apreció los dictámenes periciales según las circunstancias del caso, si aparecen del expediente la cantidad de estupefaciente decomisado y probada la toxicomanía de dicho inculpado; por lo demás, la Sala advierte que el peritaje no fue impugnado por el Ministerio Público y que el instructor, por su parte, no dispuso la junta de peritos, que en cumplimiento del artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales, estaba obligado a proveer; pero todo lo cual no es imputable al inculpado que en cambio probó en su favor la excusa absolutoria aludida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235012-9e0fc87e/salud-delito-contra-la-excusa-absolutoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. PRUEBA PERICIAL. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. ARBITRIO JUDICIAL. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. PRUEBA PERICIAL. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. (s/clave)
- SALUD, DELITO CONTRA LA. EXCUSA ABSOLUTORIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis