Corpus
Modo: Corpus Pro

VEHICULOS, CONDUCCION DE, EN ESTADO DE EBRIEDAD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 235209 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Segunda Parte; Pág. 47

Si el quejoso iba conduciendo en estado de ebriedad un vehículo de su propiedad en una población, con violación al Reglamento de Tránsito Municipal, y fue juzgado por los Tribunales Federales por la comisión del delito de conducción de vehículos en estado de ebriedad, conjuntamente con el delito imprudencial que causó daño en propiedad ajena y ataques a las vías generales de comunicación, la sentencia respectiva es violatoria de garantías, por inexacta aplicación del artículo 171 fracción II, del Código Penal Federal, toda vez que no se trata de un ilícito que corresponda conocer al fuero federal, ya que no queda comprendido en los artículos 41 y 45 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235209-d8994384/vehiculos-conduccion-de-en-estado-de-ebriedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4429/75. Luis Cardoza Macías. 18 de junio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: J. Jesús Duarte Cano. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "CONDUCCION DE VEHICULOS EN ESTADO DE EBRIEDAD, DELITO DE.".

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