LEGITIMA DEFENSA, PROCEDENCIA DE LA.
Si la inculpada participa en una contienda de obra, pero no con ánimo de pelear, sino de evitar el ataque de su injusto agresor, que la persigue con un cuchillo y al darle alcance le detiene la mano y en el forcejeo se producen las lesiones mortales, obviamente no se trata de una riña, sino de la defensa de la integridad física de dicha inculpada, cuya conducta carece de ilicitud.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235280-0c3356c3/legitima-defensa-procedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3108/75. Laura Valencia Burgos. 12 de febrero de 1976. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
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