TESTIGO DE OIDAS.
No puede afirmarse que exista prueba en sentido procesal, entendiendo por tal algo que sea apto para producir convicción, si el dicho de los testigos tiene como fuente de información un tercero, cuya comparecencia nunca se logró y por lo tanto se trata de un testimonio de oídas, si es que en alguna forma se le puede catalogar procesalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235536-9e6fd427/testigo-de-oidas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 22/75. Jesús Delgado Alemán. 18 de junio de 1975. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXI, página 214, tesis de rubro "TESTIGOS DE OIDAS.".
Volumen XX, página 179, tesis de rubro "TESTIGOS DE OIDAS.".
Volumen II, página 120, tesis de rubro "TESTIGOS DE OIDAS.".
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