IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, INTEGRACION DEL DELITO DE.
Para los efectos del delito de importación ilegal de estupefacientes el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en toda su extensión, es territorio nacional; de este modo, carece de relevancia que la llegada al territorio nacional se halla debido únicamente a una cuestión de tránsito, por ser el destino final del inculpado otro país, por cuanto que, como antes se expresó, el Aeropuerto Internacional es territorio nacional; razón por la que el hecho de haber sido detenido el acusado en ese recinto, antes de cruzar la aduana internacional, significa la importación indebida de la droga, sin que sea necesario que se viole la vigilancia aduanal para tipificar el delito previsto por el artículo 197 del Código Penal Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235574-d0d4a906/importacion-ilegal-de-estupefacientes-integracion-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPORTACIÓN ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, DELITO DE.- (159)
- IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, DELITO DE. (171)
- IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, DELITO DE. (s/clave)
- IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, MOMENTO EN QUE SE DA POR CONSUMADO EL DELITO DE. (s/clave)
- IMPORTACIÓN ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, DELITO DE [TESIS HISTÓRICA]. (116 (H))
- IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis