PRUEBAS, DESAHOGO DE LAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, EN LA AVERIGUACION PREVIA.
Por mandato constitucional, el Ministerio Público es el órgano encargado de la investigación de los delitos, de tal manera que en su actuación como autoridad durante la averiguación previa, está facultado para desahogar las pruebas encaminadas al conocimiento del hecho que se investiga; tan es así que el artículo 132 del Código Federal de Procedimientos Penales, expresamente consigna que en la practica de las diligencias de policía judicial se aplicarán en lo conducente las disposiciones del Título Sexto de ese código, que son las que reglamentan la prueba dentro del proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236533-662c823b/pruebas-desahogo-de-las-por-el-ministerio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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