AUTOPSIA, CERTIFICADOS DE, SUSCRITOS POR UN SOLO PERITO (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
Si la necropsia fue llevada a cabo por un perito médico en la materia, en hecho de que la haya practicado un solo perito y no dos no resta valor probatorio al certificado en que se hace constar dicha necropsia, en atención a que tal circunstancia es aceptada por el artículo 178 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Veracruz, que, al referirse específicamente a la inspección y descripción minuciosa que debe hacerse de los cadáveres en los casos en que exista la comisión de un delito, faculta que ese examen lo realice aparte del funcionario de la policía judicial que practique las primeras diligencias un perito médico, lo que en esto último es una excepción a la regla general consignada por el artículo 212, párrafo primero, del ordenamiento legal en consulta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236581-86fcb74c/autopsia-certificados-de-suscritos-por-un-solo-perito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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