RESPONSABILIDAD PENAL. CORRESPONDE DETERMINARLA AL JUEZ.
La autoría o participación de un procesado en la comisión de uno o varios delitos, toca determinarla al juzgador, sin que obste, en consecuencia, que no haya habido consignación en los términos del artículo 13, fracción I, del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, para que el Juez establezca la responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236636-8fc4d761/responsabilidad-penal-corresponde-determinarla-al-juez · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3046/71. Ascensión Peña Olivarez. 8 de diciembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Jurisprudencia relacionada
- RESPONSABILIDAD PENAL. CORRESPONDE DETERMINAR AL JUEZ. (s/clave)
- PARTICIPACION. (s/clave)
- DELITOS, RESPONSABLES DE LOS. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD, JUICIOS DE. (s/clave)
- AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN. DEBE ANALIZARSE EN EL INJUSTO Y NO EN LA RESPONSABILIDAD PENAL (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (I.10o.P. J/2)
- RESPONSABILIDAD CRIMINAL, GRADO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis