VIOLACION TUMULTUARIA (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
De los mismos términos en que se encuentra redactado el artículo 266 bis del Código Penal, se desprende que para la autoría material de la violación tumultuaria sólo se requiere la intervención directa e inmediata de dos o más personas en la violación, con independencia de que alguno o todos los agentes efectúen la cópula respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236639-b17aaaca/violacion-tumultuaria-legislacion-del-distrito-y-territorios-federales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3046/71. Ascención Peña Olivares. 8 de diciembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 18, Segunda Parte, página 39, tesis de rubro "VIOLACION TUMULTUARIA. LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.".
Jurisprudencia relacionada
- VIOLACIÓN TUMULTUARIA. LEGISLACIÓN DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.- (3323)
- VIOLACION TUMULTUARIA. LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES. (s/clave)
- VIOLACION TUMULTUARIA, PARTICIPACION DE LOS SUJETOS EN LA. (s/clave)
- VIOLACIÓN TUMULTUARIA, IRRELEVANCIA DEL CONCIERTO PREVIO A LA.- (3322)
- VIOLACION TUMULTUARIA, IRRELEVANCIA DEL CONCIERTO PREVIO A LA. (s/clave)
- VIOLACION TUMULTUARIA, AUTORIA EN LA (LEGISLACION PENAL DEL DISTRITO FEDERAL). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis