CAREOS, OMISION DE LOS.
Si existe una contradicción esencial entre el dicho del procesado y un testigo respecto al desarrollo de los hechos, es violatoria de garantías la omisión en el careo de los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236817-5cf6b08c/careos-omision-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6126/69. Amancio Vázquez Mata. 26 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, tesis 46, fojas 21, bajo el rubro "CAREOS, OMISION DE LOS. SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO. COMPETENCIA.".
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