AGRARIO. EXPROPIACION DE BIENES EJIDALES, LA RESOLUCION PRESIDENCIAL DE, AFECTA DERECHOS COLECTIVOS.
Como, de conformidad con el artículo 51 de la Ley Federal de Reforma Agraria, el núcleo de población ejidal es el único propietario de las tierras y bienes que se señalan en la resolución presidencial dotatoria respectiva, resulta evidente que cualquiera expropiación que se relacione con aquéllos afecta los derechos agrarios colectivos de la comunidad y no los derechos de cualquiera de los ejidatarios, puesto que el perjuicio que les pudiera parar la expropiación es indirecto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/237492-ce12e0e6/agrario-expropiacion-de-bienes-ejidales-la-resolucion-presidencial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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