IMPORTACION, EXENCION DE IMPUESTOS A LA. SOBRETASA DEL DIEZ POR CIENTO.
La sobretasa del 10% que señala el artículo 1o., fracción IX, inciso 2, de la Ley de Ingresos de la Federación para el año de 1974 participa de la naturaleza del impuesto sobre la importación y está por esto incorporada en la fracción de la tarifa correspondiente, por calificarla de tal modo la citada disposición legal; lo que se confirma con lo prevenido por los artículos 11 bis, 45, 724 y 725, fracción I, del Código Aduanero, 16 de la propia Ley de Ingresos, y 24 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. De aquí que, cuando se conceda exención de impuestos aduanales quede incluida en la propia franquicia la sobretasa referida, consistente en el 10% sobre el valor más alto, entre el oficial y el comercial de la mercancía que se importe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/238046-5c3c34a6/importacion-exencion-de-impuestos-a-la-sobretasa-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPORTACION, IMPUESTO SOBRE. CALCULO DEL 10% ADICIONAL PARA EL FOMENTO DE LA EXPORTACION. (s/clave)
- IMPORTACION, IMPUESTO SOBRE LA. CALCULO DEL 10% ADICIONAL PARA EL FOMENTO DE LA EXPORTACION. (s/clave)
- EXPORTACION, DOS POR CIENTO ADICIONAL SOBRE EL IMPUESTO GENERAL DE (QUINCE POR CIENTO AD VALOREM). (s/clave)
- EXPORTACION, 2% ADICIONAL Y 15% AD-VALOREM SOBRE LA SOBRETASA. (s/clave)
- EXPORTACION, EXENCION DEL IMPUESTO DE (SOBRETASA DEL 15% AD VALOREM). (s/clave)
- EXPORTACION, EXENCION DEL IMPUESTO DE (SOBRETASA DEL 15% AD VALOREM). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis