LEYES, AMPARO CONTRA. NO OPERA CONSENTIMIENTO PARA PRECEPTOS DE AQUELLAS EN QUE LOS QUEJOSOS NO FUNDAN PETICIONES.
No se consiente el precepto legal, cuya inconstitucionalidad es reclamada en juicio de amparo, por el hecho de que el quejoso formulara solicitud apoyándose en diverso artículo de la misma ley, en vista de que esa actuación se tiene como insuficiente para demostrar su consentimiento del otro dispositivo que impugna de inconstitucional, incluido en la propia ley, en virtud de que el consentimiento sólo existiría si la inconstitucionalidad que se alega afectara a la ley en su integridad, mas no cuando se concreta a determinados preceptos de ella, vinculados estrechamente al que se invoca como base de la aludida pretensión del actor. Debe agregarse que de sostenerse el criterio de que el quejoso consiente el artículo que somete a juicio por estimarlo inconstitucional, por el hecho de que hubiera invocado en apoyo de la petición elevada otro artículo de la propia ley, conduciría a privarlo del derecho de acudir a la vía constitucional de amparo si la disposición legal impugnada no tiene el carácter de autoaplicativa, de tal manera que si no hubiera formulado la solicitud no se habría aplicado el precepto reclamado, y en consecuencia, no habría nacido en favor del propio quejoso la acción de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/238139-55ee5288/leyes-amparo-contra-no-opera-consentimiento-para-preceptos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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