ARRESTO, COMO MEDIDA DE APREMIO, NO TIENE CARACTER PENAL.
La privación de la libertad como consecuencia de una orden de arresto dictada por un Juez Civil, para hacer cumplir sus determinaciones no es de naturaleza penal, ya que no emana de un procedimiento instruido con motivo de la investigación de un delito, sino que entraña una simple medida de apremio, en cuya virtud no se rige por los artículos 16, 18, 19, 20 y 21 de la Constitución General de la República.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239416-04d432d3/arresto-como-medida-de-apremio-no-tiene-caracter · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 7556/86. Armando Olarte Morales. 13 de noviembre de 1987. Cinco votos. Ponente: Samuel Alba Leyva. Secretaria: María del Pilar Parra Parra.
Amparo en revisión 8186/85. Guillermo Alvarado Shain. 11 de noviembre de 1987. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Samuel Alba Leyva. Secretaria: María del Pilar Parra Parra.
Jurisprudencia relacionada
- ARRESTO. MEDIDA DE APREMIO. NO TIENE CARACTER PENAL. (s/clave)
- ARRESTO. MEDIDA DE APREMIO. NO TIENE CARACTER PENAL. (56)
- ARRESTO. MEDIDA DE APREMIO. NO TIENE CARACTER PENAL. (s/clave)
- ARRESTO COMO MEDIDA DE APREMIO. NO TIENE CARACTER PENAL. (480)
- ARRESTO COMO MEDIDA DE APREMIO. NO TIENE CARACTER PENAL. (VI.2o. J/151)
- ARRESTO COMO MEDIDA DE APREMIO. NO TIENE CARÁCTER PENAL.- (489)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis