CONFLICTO COMPETENCIAL. DEBE AVOCARSE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION A RESOLVER EL MISMO, NO OBSTANTE QUE UNA DE LAS PARTES SE HUBIERA ALLANADO A LA INCOMPETENCIA PLANTEADA.
Cuando se suscita un conflicto jurisdiccional entre Jueces de diverso fuero, esto es entre un Juez del orden común y uno federal, la Suprema Corte debe dirimir el conflicto competencial, que es de orden público, sin que obste que una de las partes en el juicio se allane a la incompetencia planteada y con base en ello el Juez del fuero común determine declararse incompetente, por cuanto a que en esa clase de conflictos de competencia, la jurisdicción no es renunciable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239477-3e8cbc8e/conflicto-competencial-debe-avocarse-la-suprema-corte-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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