VIA SUMARIA CIVIL. NO PROCEDE IMPUGNARLA EN APELACION SI NO SE COMBATIO EL AUTO QUE DIO ENTRADA A LA DEMANDA.
Si la parte demandada no interpone recurso de apelación en contra del auto que dio entrada a la demanda, así como tampoco contesta en tiempo y forma la demanda oponiendo como excepción la improcedencia de la vía, se entiende dicho auto tácitamente consentido y, por lo tanto, conforme con la vía elegida por el actor en el juicio, sin que sea procedente que haga valer dicho agravio en la apelación puesto que ya precluyó su derecho para ello.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239834-096b899a/via-sumaria-civil-no-procede-impugnarla-en-apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3485/87. Universal Packing Inc. de México, S.A. 30 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María del Carmen Arroyo Moreno.
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