APELACION, LITIS EN LA.
Si bien la litis en la segunda instancia se integra con la sentencia de primer grado y los agravios expuestos en contra de dicho fallo, ello no impide al tribunal de alzada, al analizar los agravios respectivos y resolver el recurso de apelación, examinar las constancias de autos, estudiando la acción a la luz de los hechos expuestos en la demanda, cuando sea necesario, lo cual es válido, pues en nuestro sistema jurídico no existe reenvío en la apelación; en consecuencia, deben examinarse todos aquellos puntos de la controversia en el juicio natural que de no tenerse en cuenta pudiera dejar inaudita a la parte que obtuvo. Así que, al examinar los hechos de la demanda, y advertir cuáles omitió exponer el actor, no puede estimarse que introduzca cuestiones ajenas a la litis de segunda instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239893-64c5f6af/apelacion-litis-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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