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COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO, NATURALEZA DEL CONTRATO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 240695 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Cuarta Parte; Pág. 73

La compraventa con reserva de dominio, actualmente operación muy frecuente, encierra una modificación radical al deber del vendedor de transmitir la propiedad; en ella no pasa la propiedad al comprador, sino hasta cuando éste satisface totalmente el precio pactado; queda así esa obligación sujeta a una condición suspensiva, temporal, por el plazo señalado para el pago del precio, y que se extingue al quedar éste satisfecho en su totalidad. Mientras tanto, el comprador con reserva de dominio no puede enajenar la cosa, porque no puede vender una propiedad que no tiene todavía, y el vendedor tampoco puede hacerlo durante el lapso del plazo para pagar el precio y debe conservar el derecho de propiedad, para transmitirlo al comprador al recibir el pago total del precio; así, la ley protege tanto al vendedor como al comprador con reserva de dominio, frente a contratantes morosos, insolventes, incumplidos o de mala fe.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240695-58908c77/compraventa-con-reserva-de-dominio-naturaleza-del-contrato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1393/79. Juan Abusaid Ríos. 5 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXVII, página 14. Amparo directo 85/65. Jesús Rodríguez González. 31 de enero de 1968. Mayoría de tres votos. Ponente: Ernesto Solís López. Volumen LVII, página 83. Amparo directo 6997/58/1a. Juan Antonio Cobo. 29 de marzo de 1962. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Azuela. Quinta Epoca: Suplemento 1956, página 110. Amparo directo 3502/51. Abelardo García Arce. 7 de enero de 1953. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 114, página 323, bajo el rubro "COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO, NATURALEZA DEL CONTRATO DE.". Nota: En el Suplemento de 1956, página 110, la tesis aparece bajo el rubro "COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO.".

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