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DIVORCIO, SEVICIA E INJURIAS GRAVES COMO CAUSALES DE. DEBEN EXPRESARSE EN LA DEMANDA LOS HECHOS EN QUE CONSISTEN Y EL LUGAR, TIEMPO Y MODO EN QUE ACONTECIERON.

Clave: — · Registro digital (IUS): 241330 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Cuarta Parte; Pág. 37

No basta que en la demanda se haga la narración de hechos que a juicio del actor constituyan sevicia e injurias, sino que es preciso expresar detalladamente las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que acontecieron, no sólo para que la demandada pueda preparar su contestación y defensa, sino también para que las pruebas se ofrezcan y rindan en relación precisa con la litis establecida y para que el juzgador pueda estudiar o examinar si la acción se ejercitó en tiempo, es decir, antes de su caducidad, no siendo en el periodo probatorio cuando el demandado ya no tiene oportunidad legal de defenderse cuando puedan subsanarse las omisiones de la demanda, ni son los instrumentos de prueba los indicados para hacerlo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241330-05d44073/divorcio-sevicia-e-injurias-graves-como-causales-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1904/74. Rosa Armida Moreno Salazar. 29 de enero de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja.

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