SENTENCIAS, CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS.
La cita de preceptos legales en la sentencia que resuelve un juicio, no puede por sí sola estimarse como ilegal, ya que su mención o incorporación en el cuerpo de la sentencia, se deriva de la indefectible obligación que tiene todo juzgador de fundar en ley sus decisiones o resoluciones, ya que de lo contrario se incurría en violación de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que obligan a dichas autoridades en los juicios del orden civil, a emitir su sentencia definitiva conforme a la letra o interpretación jurídica de la ley y a fundar y motivar la causa legal del procedimiento. Por consiguiente, todo tribunal está en la necesidad de invocar aun de oficio en su fallo los artículos de ley que sean aplicables a la controversia, de acuerdo con sus puntos litigiosos y solución propuesta, máxime que la aplicación del derecho es propia y natural del juzgador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241486-0de9498d/sentencias-cita-de-preceptos-legales-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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